Ciudad de México a 26
de abril de 2012
C.
DIP. GUADALUPE ACOSTA NARANJO
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
CC. DIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA
C. DIP. VÍCTOR HUMBERTO BENÍTEZ TREVIÑO
CC. DIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
P
R E S E N T E S.
En el último mes un grupo amplio
y plural de organizaciones interesadas en la justicia penal, los derechos
humanos y la implementación del nuevo sistema penal acusatorio, así como
expertos en el tema, mantuvimos una serie de encuentros e hicimos diversas
propuestas al proyecto con dictamen de acuerdo para el nuevo Código Federal de
Procedimientos Penales. Acudimos a las reuniones de la Comisión de Justicia de
la Cámara de Diputados, en donde fuimos recibidos por una delegación de esa
Comisión el 13 de abril pasado. En dicha reunión manifestamos nuestra
preocupación por la estructura de la propuesta, y por aspectos incompatibles e
incluso contrarios a la Constitución en algunos casos.
Ahora tenemos conocimiento de una
propuesta que será sometida a votación de la Comisión de Justicia a más tardar
el próximo lunes 30, último día de sesiones del período ordinario, misma sobre
la cual hacemos las siguientes consideraciones:
1. Como
lo manifestamos en el encuentro aludido, insistimos en nuestra preocupación por
que la estructura del Código no es consecuente con las tres reformas
constitucionales: penal, derechos humanos y amparo. Advertimos un documento
reacio a reconocer la igualdad procesal de las partes, de mantener la ventaja
del ministerio público a través de una acción persecutoria, y no de
investigación, además de que no existe un esfuerzo de armonización legislativa
con el sistema internacional de derechos humanos, así como con las
recomendaciones que fueron oportunamente transmitidas a los integrantes de la
Comisión de Justicia, y que debieran ser consideradas para la elaboración de
una ley tan importante como lo es el Código Federal de Procedimientos Penales;
2. Valoramos
que algunas de nuestras propuestas han sido recogidas, pero lamentamos no haber
tenido oportunidad de compartir los puntos de vista y ahondar en los aspectos
que generaron mayor preocupación en un encuentro al que la Comisión de Justicia
se comprometió en la reunión de mérito. De las propuestas que hicimos, no
advertimos, por citar un ejemplo, que se hayan retomado las que permitían
detallar el modo en que la autoridad aprehensora debe actuar en una detención,
con lo que aumenta el riesgo de detenciones arbitrarias;
3. Otra
de nuestras observaciones fue la relacionada con la retención del Ministerio
Público, que consideramos como un resabio del sistema penal inquisitorial del
que nos pretendemos alejar. La retención continúa sin el control judicial, lo
que abre la posibilidad de detenciones irregulares, como hecho consumado.
Además, la propuesta a votar mantiene la posibilidad de que el detenido sea
entrevistado prácticamente por cualquier autoridad aprehensora (fuerzas armadas
incluidas, dada la redacción del art. 144, fracción IX); en este contexto,
queda abierto el peligro de prácticas de investigación incompatibles con el
nuevo orden constitucional, así como la tortura, tratos crueles, inhumanos y
degradantes, y desaparición forzada de personas.
4. Otro
aspecto relevante es el relacionado con las operaciones encubiertas (art. 311 a
319), las acciones de investigación con
agentes infiltrados, así como diversas actuaciones policiales que en la
propuesta del Código no precisan de control judicial. Ello impacta negativamente
a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados
internacionales de los que México es Parte. Sostenemos que los actos de
investigación que impliquen menoscabo de esos derechos deberían ser aprobados
por el Juez de Control, como ocurre en la legislación de otros países que han
asumido los juicios orales, como es el caso de Chile.
5. Observamos
que la propuesta tiene una modificación inesperada, relacionada con la prueba de referencia, consistente en las
declaraciones realizadas fuera del juicio oral, para probar o excluir uno o
varios elementos del delito y las circunstancias agravantes o atenuantes de la
conducta delictiva cuando no sea posible practicarla en juicio. Este artículo es inconstitucional. Viola
el artículo 20 apartado A, fracción III debido a que no se puede admitir que
con una prueba no desahogada en el juicio oral se condene a una persona. Este
artículo permite incorporar como tal la entrevista de testigos realizada por
policía de investigación, o por cualquier persona previa al juicio oral que
resulta imposible desahogar en el juicio. Este artículo es sumamente
discrecional ya que incluso permite que cualquier persona haga la entrevista y
abre las puertas a hechos delictivos de “similar naturaleza”, que pudiera ser
cualquiera a juicio del Ministerio Público.
6. Finalmente,
tampoco fueron recogidas nuestras observaciones sobre el esquema de los
recursos en el nuevo sistema penal acusatorio, ni a las consideraciones de
amplitud de criterio en el tema de la prisión preventiva, ambos aspectos que
debieron ser piedra angular de la estructura del nuevo código, en el que
finalmente se apuesta a dificultar y enrarecer el derecho a recurrir los fallos
judiciales y se reduce al mínimo el derecho de presunción de inocencia, una
regresión evidente al sistema inquisitorio.
Lamentamos que la minuta de
acuerdo no haya recogido nuestras principales preocupaciones y advertimos al
Pleno de la Cámara de Diputados sobre los riesgos de menoscabar la reforma
penal mediante la expedición de este Código, estructurado sobre la fórmula de
un cambio simulado que implicaría un retroceso y la desprotección de los
derechos de las personas en momentos de emergencia nacional como el que México
atraviesa. El proyecto en discusión no debe aprobarse y, en consecuencia, el
Pleno de la Cámara de Diputados debe reorientar el proceso para formular un
Código que incorpore efectivamente los derechos tanto de acusados como de
víctimas con equidad, que establezca claramente reglas para un debido proceso y
sobre todo que haga posible que el sistema ofrezca incentivos reales para
proteger y garantizar los derechos humanos y que el sistema de justicia penal
se modernice efectivamente.
Por lo anterior, y en los
términos del artículo 177 numeral 2 y 179 del Reglamento de la Cámara de
Diputados, los exhortamos de nueva
cuenta a abrir una consulta pública, informada y plural en torno a la reforma
del CFPP que asuma la centralidad del respeto a la institucionalidad
democrática, los derechos humanos y el espíritu del sistema acusatorio de
justicia penal, y que evite que una legislación tan necesaria e importante como
el CFPP sea objeto de impugnación de inconstitucionalidad o bloqueada por sus
deficiencias en etapas ulteriores del proceso parlamentario.
Atentamente,
Asociación de Familiares de Detenidos – Desaparecidos
y Víctimas de Violaciones de los Derechos Humanos, A.C. (AFADEM)
Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé
Carrasco Briseño”, A.C.
Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro
Juárez”, A.C. (PRODH)
Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria”
O.P. A.C.
Centro Jurídico por los Derechos Humanos, A.C. (CJDH)
Colectivo de Organizaciones Michoacanas de Derechos
Humanos, A.C. (COMDH)
Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste,
A.C. (CCDH)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los
Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)
Fundación Diego Lucero, A.C. (FDL)
Fundación para la Justicia, A.C.
i(dh)eas – Litigio Estratégico en Derechos Humanos,
A.C.
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia,
A.C. (IMDHD)
Instituto de la Justicia Procesal Penal, A.C. (IJPP)
Instituto de Derechos Humanos “Ignacio Ellacuría SJ”, Universidad
Iberoamericana Puebla
Instituto para la Seguridad y la Democracia, A.C.
(INSYDE)
Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD)
Cuauhtémoc Manuel de Dienheim Barriguete (académico
UNLA-Morelia)
Guadalupe Barrena Aguilar
Ernesto López Portillo
John Ackerman – UNAM
José Luis Caballero Ochoa – Académico investigador
Universidad Iberoamericana
Miguel Sarre Íguiniz - Integrante por parte del sector
académico del Consejo para la implementación del nuevo
sistema de justicia penal
Rodolfo Félix Cárdenas - abogado penalista y académico
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos
Las organizaciones que
conforman la Red TDT son las siguientes:
Agenda LGBT (Distrito Federal,
Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal); Asociación
Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.);
Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos "Miguel
Hidalgo", A.C. (Jacala, Hgo.); Casa del Migrante Saltillo (Coahuila),
Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray
Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.);
Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Puebla, Pue.); Centro de Derechos Humanos
"Fray Bartolomé de Las Casas", A. C. (San Cristóbal de Las Casas,
Chis) ; Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa A.C; Centro de Derechos Humanos
"Fray Francisco de Vitoria O.P.", A. C. (Distrito Federal); Centro de
Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez", A. C. (Distrito
Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de
Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis); Centro de
Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de
Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua), Centro de Derechos Humanos, “Juan
Gerardi” , A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte
(Cd. Juárez); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.);
Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de
Derechos Humanos Toaltepeyolo (Tlilapan, Veracruz); Centro de Derechos
Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (DF);
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara,
Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal);
Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.);
Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”,A.C.
(Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco);
Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mexicano de Derecho
Ambiental (Distrito Federal), Centro Mujeres (La Paz, BC.), Centro Regional de
Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A. C. (Chilapa, Gro.); Centro
Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A. C. (Oaxaca, Oax.);
Ciencia Social Alternativa, A.C. - KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera
por los Derechos Humanos, A. C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Ciudadanos en
Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (Monterrey, NL); Colectivo Educación para
la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.);
Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo
(Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de
Tehuacán, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos
Humanos, A. C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos
de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Intercongregacional
"Justicia, Paz y Vida" (Distrito Federal); Comisión Parroquial de
Derechos Humanos “Martín de Tours”, A.C. (Texmelucan, Pue.); Comisión Regional
de Derechos Humanos "Mahatma Gandhi", A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité
de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C.(Codigodh A.C); Comité de
Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos
Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos "Fr. Pedro
Lorenzo de la Nada", A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos
"Sembrador de la Esperanza". A. C. (Acapulco, Gro.); Comité de
Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, AC. (Huayacocotla, Ver.); Comité
de Derechos Humanos de Colima, No gubernamental, A. C. (Colima, Col.); Comité
de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos
Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y
Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez
Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo AC (Tulancingo, Hgo.); Frente
Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Indignación,
A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Chablekal, comisaría del
municipio de Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C.
(Distrito Federal); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C.
(Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia
(Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C.
(IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de
Occidente, - Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz. (Guadalajara,
Jal.); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (Distrito
Federal), Programa de Derechos Humanos. Universidad Iberoamericana-Puebla
(Puebla, Pue); Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León,
Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (Distrito
Federal); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Estado
de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y
Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí, S.L.P.); Servicio, Paz y Justicia de
Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C.
(Pachuca, Hidalgo); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (Distrito
Federal).
c.c.p. Integrantes de la
Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Integrantes
de la Junta de Coordinación Política de la H. Cámara de Diputados
[1] Conformada actualmente por 71 organizaciones en 21
estados de la República, ha trabajado como colectivo durante los últimos 20
años creando un espacio estratégico de colaboración, solidaridad e incidencia
en temas fundamentales de derechos humanos.
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